Han cesado castigos y expulsiones a niños Testigos de Jehová por no rendir honores a símbolos patrios en la escuela; pero el debate ante ello continúa.
Liliana Alcántara
El Universal
Viernes 16 de septiembre de 2005
Nación, página 11
Hace 10 años miles de niños que profesaban la religión Testigos de Jehová eran sancionados en las escuelas por no rendir honores a los símbolos patrios, con castigos que iban desde la reprobación en Civismo hasta la expulsión.
En la actualidad esa práctica disminuyó en 98 por ciento , ya que, según datos de la Congregación Cristiana de los Testigos de Jehová, en 1993 hubo 3 mil 768 niños a quienes se les sancionó y en lo que va de este año hay un reporte de 78 casos, lo que quiere decir que los niños que profesan esa religión pueden permanecer pasivos en ceremonias cívicas sin ser castigados.
Aunque en los hechos las sanciones a niños de esta religión que no rinden honores a la bandera han disminuido, existe viva una polémica en la que se mezclan factores como el derecho a la educación y su laicidad, la libertad de culto y el respeto a los derechos humanos.
La SEP, juristas, la CNDH y los propios Testigos de Jehová presentan sus argumentos sobre el tema.
José Moreno, vocero de esa asociación religiosa, atribuyó la disminución a la recomendación que emitió el 14 de mayo del 2003 la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que consideró la aplicación de dichas sanciones constitutiva de violación al derecho a la educación.
El artículo 15 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional establece que en las instalaciones de enseñanza elemental, media y superior se debe rendir honores a la Bandera Nacional todos los lunes, al inicio y fin de cursos.
Víctor Martínez Bullé-Goyri, abogado y director del Centro Nacional de Derechos Humanos, de la CNDH, argumentó que aunque los alumnos no rindan honores en sus escuelas como lo establece la norma, "la educación es un derecho constitucional que no puede ser limitado por una ley secundaria como la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional", por lo que no hay motivo alguno para que sean sancionados.
La Secretaría de Educación Pública (SEP), mediante de su vocero David Torres, señaló que "no hay un relajamiento de las normas y no hay excepcionalidad" cuando se permite que quienes tienen esa formación religiosa no participen en las ceremonias.
"La SEP y cada uno de los estados ratificaron el principio básico del respeto a los derechos humanos, por lo tanto, en la medida en que sus prácticas no afecten el desarrollo de las ceremonias cívicas se está cumpliendo con la norma", afirmó.
Entre los especialistas hay división de opiniones. El abogado constitucionalista, Efraín García Ramírez, consideró que la religión que los estudiantes profesan no impide que se rinda honores a los símbolos patrios.
Señaló que aunque el artículo tercero constitucional garantiza la educación, también se indica que la que imparte el Estado es laica; por ello, es claro que en las escuelas públicas no se imparte ninguna instrucción religiosa, pero tampoco puede incidir la religión de un estudiante en las normas de los planteles.
En contraste, Loreta Ortiz, directora del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana, dijo que la Constitución garantiza la libertad de culto, y si una religión impiden a los miembros rendir honores a los símbolos patrios, debe aplicarse un principio de tolerancia porque no se viola ninguna ley.
José Moreno aseguró que además, los niños Testigos de Jehová, aunque no pueden participar en las ceremonias cívicas saludando a la Bandera y cantando el himno, deben estar en posición de firmes como respeto.
Los Testigos de Jehová surgieron en 1884 por Charles T. Russell, en Estados Unidos. Su objeción a participar en las ceremonias cívicas es por un pasaje del Éxodo de la Biblia: "No habrá para ti otros dioses delante de mí. No te harás escultura ni imagen alguna de lo que haya arriba en los cielos, ni de lo que haya abajo en la Tierra, ni de lo que hay en las aguas debajo de la Tierra. No te postrarás ante ellas ni les darás culto, porque yo, Yahvéh, tu Dios, soy un Dios celoso".
"Entre 1992 y 1993 hubo 3 mil 768 niños condicionados en su educación", aseguró Moreno. La CNDH recibió mil 110 quejas entre junio de 1991 y marzo del 2003 al respecto.
Uno de esos casos correspondió a un grupo de 30 niños Testigos de Jehová que en 1996 estudiaban en diferentes escuelas de Baja California Sur y no se les permitió su reinscripción.
La CNDH pidió la reincorporación de los alumnos, aunque las autoridades insistían en tratar de convencer a los alumnos de que rindieran honores a la Bandera.
Hay otro caso como el de la familia Aké Adrián, cuyos cinco hijos fueron suspendidos de una escuela primaria del poblado de Yaxcabá, en Yucatán.
En este caso, la CNDH se hizo cargo del asunto porque la propia Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán consideró en 1994 que "existe base constitucional y legal para sancionar, inclusive con la expulsión de la escuela a los niños que se niegan a saludar y honrar a la Bandera Nacional porque en los términos de la legislación mexicana todo niño está obligado a hacerlo".
No obstante, agregó en el expediente CDHY/347/94 que la expulsión debía ser el último recurso, pues "esos niños no tienen aún la capacidad intelectual para poder discernir la grave falta en que están incurriendo".
En respuesta, la CNDH, en su recomendación general solicitó a gobernadores instruir "para que las autoridades educativas se abstengan de sancionar a los alumnos que por razón de sus creencias religiosas se nieguen a rendir honores a los símbolos patrios en las ceremonias cívicas que se realizan en los centros educativos", pues los niños son víctimas de la violación a la garantía de educación.
Hoy, según Gamaliel Camarillo, representante legal de la Congregación de los Testigos de Jehová, los casos de niños que son sancionados por no rendir honores a la Bandera son escasos y ocurren en comunidades alejadas, donde siempre hay algún profesor o director que, por intolerancia y desconocimiento, considera que el incumplimiento a ese acto cívico es una falta grave, "pero lo importante es que esa discriminación no es institucional".
(Con información de Nurit Martínez y Silvia Otero).